Validez Legal en Colombia

Según la Ley 527 de 1999, que confirma específicamente que no se puede negar la exigibilidad de los contratos por el mero hecho de que se celebren electrónicamente y específicamente en su artículo 7, establece el principio de equivalencia funcional de la firma electrónica, siempre y cuando se cumplan las mismas funciones que se le atribuye a la firma manuscrita. Gracias al principio de Equivalentes Funcionales que introdujo la Ley 527 de 1999 es posible firmar un contrato, cualquiera sea su naturaleza jurídica, a través de medios electrónicos. Adicionalmente, según Circular del Ministerio de Trabajo, se admite la firma electrónica en contratos laborales. Por ello DOCUBECCA, en colaboración con nuestro partner VIDSIGNER, cumple con toda la normativa especifica de Colombia, incluida la relacionada con la firma electrónica, esto es,  la Ley 527 de 1999, que define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales en el año 1999, el Decreto 1747 de 2000, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 527 de 1999, en lo relacionado con las entidades de certificación, los certificados y las firmas digitales; el  Decreto 19 de 2012, por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública y el Decreto 2364 de 2012. Por medio del cual se reglamenta el articulo 7 de la ley 527 de 1999, sobre la firma electrónica. Toda esta SEGURIDAD JURIDICA Y GARANTIAS DE AUTENTICIDAD  las obtienes con DOCUBECCA.

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